Código Internacional de Ética para los Profesionales de la Salud Ocupacional

El Código Deontológico para los Profesionales de la Salud en el Trabajo fue creado con el esfuerzo de traducir en términos de conducta profesional, los valores y principios éticos de la salud ocupacional. La CISO/ICOH (Comisión Internacional de Salud Ocupacional/International Comission on Occupational Health) aprobó en 1991 la versión original del código y su versión más actualizada fue publicada en 2002. Su publicación está sujeta a revisiones periódicas con la finalidad de mejorar su contenido.

http://www.icohweb.org/site_new/ico_homepage.asp

Este código aplica a los profesionales y servicios de la salud ocupacional, tanto cuando actúan en un contexto de libre mercado sujeto a competencias, como cuando lo hacen en el marco de los servicios de salud pública.

Independientemente de la disciplina a la que pertenezcan, los profesionales deben estar siempre involucrados en la práctica se seguridad y salud ocupacional. Además deben ser garantes de la prevención primaria de accidentes y enfermedades ocupacionales o relacionadas con el trabajo, que es el propósito fundamental de cualquier práctica de salud ocupacional.

El Código de Internacional de Ética para Profesionales de Salud Ocupacional se basa en tres principios básicos de ética y valor.

El primero de ellos, se apoya en que el propósito de la salud ocupacional es servir a la salud y el bienestar social de los trabajadores siguiendo altos estándares profesionales y rigurosos principios éticos.

El segundo principio corresponde a la protección de la vida y la salud de los trabajadores, el respeto a la dignidad humana y la promoción de políticas y programas de salud ocupacional. Ambos principios están plasmados en los “Deberes y Obligaciones de los Profesionales de la Salud Ocupacional”.

Por último, se encuentran las “Condiciones para el Desempeño de las Funciones de los Profesionales de la Salud Ocupacional”, las cuales establecen independencia al profesional de la salud ocupacional y las competencias para el cumplimiento de sus funciones con buena práctica y ética profesional.

En términos generales, este código otorga un rumbo a los profesionales de área en cuanto a la manera en que se deben afrontar las situaciones presentadas y aplicar los conocimientos. Pero actualmente es visto cómo los profesionales de la salud ofrecen sus servicios únicamente con un valor monetario, sin contemplar los beneficios o daños que puedan estar recibiendo los más afectados, los trabajadores. Bien es sabido que el principal factor que motiva la formación de nuevas empresas es la obtención de beneficios económicos. En este entorno se observa que la oferta de servicios de la salud laboral va encaminada únicamente a satisfacer esa necesidad individual.

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Asimismo, no se observa contribuciones significativas en mantener la salud y bienestar de los trabajadores por parte de los servicios externos de seguridad y salud laboral. Las contribuciones son enfocadas a conservar las operaciones de las empresas asesoradas. Al mismo tiempo que las medidas preventivas que se ponen en práctica son sólo para subsanar momentáneamente los problemas presentados o detectados por los organismos encargados de velar por la salud de los trabajadores. Todas las decisiones son tomadas en función de beneficiar a los empleadores sin tener en cuenta las necesidades de los trabajadores.

Otro problema que se observa diariamente es que los empleadores no toman en serio la labor realizada por los profesionales de la salud ocupacional, por lo que muchos nos vemos desmotivados por la poca atención prestada y la falta de seriedad hacia la profesión.

Por supuesto que existen las excepciones a esta práctica. Muchos colegas se dedican ciertamente a difundir la mayor cantidad de información que nos ayude a reducir los muchos problemas de la salud ocupacional en el país. Ya hasta contamos con evangelizadores que están ganando muchos seguidores en esta área, que ciertamente debería ser una religión.

Y debido a que más y más personas se unen a esta religión, se aportan nuevas ideas para la práctica de la profesión, pero el código no recibe actualizaciones desde hace más de doce años.  Si un documento tan importante no ha sido actualizado en tanto tiempo, entonces quiere decir que no se ha dado la importancia que pregona tener.

Tal desactualización podría ser motivada por la poca difusión para su pertinente actualización, recepción de comentarios y sugerencias. Pienso que existen muchas personas interesadas en hacer sugerencias y realizar modificaciones a este texto.

A pesar de tiempo que tiene sin ser actualizado, el código es bastante completo y se enfoca en el actor principal, el trabajador. Su contenido permite una orientación inicial para todas aquellas personas que decidimos incursionar en el área. ¡Aunque para muchos la existencia de este código es desconocida!

Durante los estudios de la carrera universitaria no se incluye materias enfocadas al ámbito de la ética profesional. Muchos profesionales del área no poseen la ética y la moral lo suficientemente alerta para detectar cosas que deberían ser por instinto innato en todos los profesionales.

Por ende, el estudio de este código y su debida difusión durante el proceso de enseñanza-aprendizaje en los centros universitarios otorgaría mayor compromiso y dedicación por parte de los profesionales de la salud ocupacional. Y, a su vez, seria posible transmitir dicho compromiso a los empleadores y empresas a las que ofrecen sus servicios. Ello garantizaría mayor bienestar a los trabajadores en el cumplimiento de nuestras labores.

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